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Indagación tecnológica del uso indebido de los medios electrónicos de la empresa

Se entiende como indagación tecnológica del uso indebido de los medios electrónicos de la empresa, aplicada al ámbito forense, a la investigación que efectúa nuestra agencia de Detectives Privados gracias a peritos informáticos, y desarrollada con medios tecnológicos científicos, con la finalidad de guardar, recobrar e investigar datos informáticos procedentes de diferentes elementos tecnológicos, que ha utilizado el empleado para fines particulares y privados dentro de su jornada laboral y con los medios que la empresa pone a su disposición.  

Cómo investiga nuestro Detective Privado las sospechas de uso indebido de los medios electrónicos de la empresa

La búsqueda de pruebas en este ámbito de nuestros Detectives Privados para empresas, ante cualquier indicio o sospecha de intrusión en la información confidencial de la Compañía, se lleva a cabo con los medios tecnológicos más avanzados. 

En Accésit Detectives realizamos una investigación metódica, técnica, práctica y útil, obteniendo posteriormente datos que son analizados exhaustivamente para ofrecer resultados tangibles y claros, reflejados posteriormente en el correspondiente informe con plena validez ante un señalamiento judicial.

La tecnología que se ha implantado en la actualidad resulta un pilar fundamental en la sociedad, pero trasladada al ámbito de la investigación privada Y llevada a cabo por nuestros Detectives Privados, permite afrontar una minuciosa labor, siempre basada en la legalidad, idoneidad y proporcionalidad, entre otros aspectos.

La Indagación Tecnológica llevada a cabo por nuestra Agencia de Detectives Privados supone una gran aportación para el empresario que contrata nuestros servicios, siempre que se ejerza bajo las premisas del compromiso ético y la lealtad hacia el cliente, cumpliendo la normativa vigente, con la confidencialidad como seña de identidad y con total transparencia en lo que respecta a la información recabada y los medios tecnológicos empleados en la indagación.

La investigación, análisis e informe pericial, realizados bajo un estricto protocolo de actuación y conocimiento de la materia, suponen un extra de garantías procesales para el cliente de cara a posibles litigios y sanciones contra su empleado.

En nuestra labor como Investigador Forense Digital es básico averiguar sobre el uso indebido y fraudulento de los medios tecnológicos de una empresa con la investigación a dispositivos móviles (smartphones, tabletas, ordenadores portátiles, fijos y cualquier otro elemento tecnológico) que pueda contener información basal y transcendental para la empresa. Y todo ello siempre bajo la más estricta discreción y privacidad. 

Con metodología técnica avanzada, se extrae información de archivos o se recuperan archivos cifrados con el fin de estudiar y analizar minuciosamente su contenido, para así encontrar las evidencias necesarias que demuestren los hechos cometidos fraudulentamente y su procedencia.

Estamos capacitados para localizar el software de seguimiento oculto en cualquier dispositivo de tecnología, bien sean personales o de empresa, para que así usted pueda establecer protocolos de seguridad que ayudarán a mantener a salvo la información relevante de la empresa, lejos de la competencia desleal del trabajador o de casos de intrusismo laboral.

Nuestro Detective Privado, clave en la investigación sobre el uso fraudulento de los medios tecnológicos de la empresa. 

El desarrollo de las nuevas tecnologías que, si bien sirven de soporte y ayuda cuando se realiza un uso correcto de las mismas, también suponen en la actualidad el desarrollo de distintos tipos de delito. Hace tiempo, nuestra actividad gremial se basaba en localizar o investigar a personas o documentos de forma física, pero ahora se añade también la investigación que llevamos a cabo en el ámbito privado o semiprivado en cuanto a delitos cibernéticos, como ocurre con el fraude o el robo de información a empresas.

Fruto de la experiencia y constante actualización de los nuevos métodos tecnológicos, en Accésit Detectives no solo disponemos de los conocimientos necesarios para la obtención de pruebas de forma discreta y enmarcada en la Ley; sino que también poseemos las herramientas de última generación más avanzadas para afrontar toda tipología de investigaciones de tipo telemático.

Gracias a la tecnología y su aplicación en el sector de la investigación privada, existe un gran abanico de servicios que ofrecemos no solo a particulares, sino también a entidades tanto de pequeña facturación como a grandes Compañías.

Poder contar con un buen equipo informático, tanto humano como de medios, será clave para realizar nuestro trabajo de investigación que requiera de estas evidencias informáticas. Es el caso de detección de fugas de información, seguimiento de una IP determinada, rastreo de conexiones o teléfonos, conversaciones de WhatsApp y redes sociales o barridos electrónicos como herramienta de contraespionaje, entre otros.

Perjuicio para la empresa del uso indebido de los medios electrónicos por parte del empleado

El uso del correo electrónico y de Internet para fines privados, por parte de un empleado, puede suponer una fuente de perjuicios para la empresa, tanto en términos de productividad como de costes.

Para determinar si la utilización del correo electrónico e Internet para uso privado es un problema en una empresa, es necesario considerar ambos aspectos.

detectives para empresas

En el ámbito de los costes, a la hora de estimar su impacto sobre el negocio, el empresario ha de conocer el tiempo de jornada laboral que el trabajador infractor dedica a tareas o acciones de distinta índole y naturaleza ajenas a lo que por contrato le corresponde en la empresa. 

Del mismo modo, se considera como un coste empresarial el mero hecho de usar cualquier medio electrónico de la organización para fines privados, en tanto la adquisición y el mantenimiento corre por cuenta del propietario del negocio. 

Ante este perjuicio evidente para la empresa, ¿está contemplado en la legislación que el empresario utilice métodos de seguimiento y control de uso de los medios electrónicos, por ejemplo, mediante la concurrencia profesional y comprometida de nuestro Detective Privado? 

En efecto. El artículo 20 del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, recoge esta prerrogativa empresarial, si bien la limita bajo el amparo de la protección en la vulneración de la dignidad e intimidad del trabajador. 

Por otra parte, el artículo 18 del Estatuto de los Trabajadores contempla la protección del secreto de las comunicaciones en el ámbito laboral. 

Para la investigación privada demandada a nuestros Detectives Privados, respecto al uso indebido de los medios electrónicos de la empresa patrocinada, diferenciamos entre el mal uso del correo electrónico y el empleo de Internet en la empresa para actividades privadas no laborales. 

El correo electrónico

Si el empresario limita la utilización del correo corporativo para el ámbito laboral y no para el privado, y, siempre que el empleado sea conocedor por acuerdo con el contratante de que este puede fiscalizar este instrumento laboral, puede acceder a los correos y comprobar el contenido con el máximo respecto a su dignidad e intimidad, como estipula el artículo 18 del Estatuto de los Trabajadores, y con la máxima transparencia en su actividad, informando al trabajador de la existencia de tales medidas de control y vigilancia. En el momento que se efectúe tal medida, debe estar presente un compañero del controlado o un representante sindical.

Internet

Cualquier empresario puede optar por restringir el acceso a Internet de aquellos empleados para cuyo desempeño este no sea necesario e imprescindible. 

Si el trabajo requerido depende del uso de esta herramienta, el artículo 20.3 del Estatuto de los Trabajadores establece como válidos mecanismos de control y vigilancia en el uso adecuado de los medios electrónicos de la empresa como el rastreo anónimo de la navegación de los usuarios. 

Se recomienda informar de forma expresa de ello a los empleados, explicando convenientemente y a modo de concienciación y responsabilidad en los medios facilitados, qué motiva esta directriz. 

Qué material técnico utiliza nuestro Detective Privado en su labor investigadora para empresas

Contamos con la última tecnología para acometer dicha investigación. Las posibilidades que ofrecen los nuevos sistemas tecnológicos, junto a las herramientas de vigilancia adaptadas a la exigencia que requiere cada investigación, facilitan nuestra labor para la consecución favorable de los resultados.

Dentro de la tarea de una indagación de tal magnitud, los elementos más comunes utilizados por el Detective Privado son cámaras fotográficas, de visión nocturna o las camufladas, cámaras de vídeo, detectores térmicos corporales, sensores de movimiento, monitorización GPS a vehículos … etc. 

En la actualidad, con la llegada de las nuevas tecnologías e Internet a nivel mundial, el uso del ordenador fijo y portátil se ha convertido en un equipo de investigación y colaboración imprescindible. Gracias a ello, centramos nuestras investigaciones en el análisis de redes sociales o realizar búsquedas minuciosas y exhaustivas en nuestras bases particulares de datosGoogle  para obtener evidencias probatorias que dictaminen conductas delictivas u otros hechos que transcurran en perjuicio del empleador.

El smartphone, hoy día, es un elemento tecnológico de altas capacidades. Además de ser una herramienta de comunicación puede usarse de linterna, para obtener información específica de apps, para detectar extraños movimientos en conexiones esporádicas, etc.

No obstante, también disponemos de otros elementos tecnológicos sofisticados como por ejemplo:

  • Las cámaras ocultas que se camuflan en diversos dispositivos o en la propia ropa. 
  • Los detectores de última generación como los que detectan trasmisiones y frecuencias para conocer desde que punto se está emitiendo señal de frecuencia, audio, vídeo o de ambas.
  • Los detectores de micrófonos que buscan, encuentran y neutralizan elementos instalados de forma ilegal.
  • Detectores de huellas para descubrir quién utilizó un objeto, los localizadores GPS para localizar los objetivos en todo momento y a grandes distancias.

El uso de todo el equipo tecnológico cuenta con la licencia específica que marca la legislación vigente en el Reglamento General de Protección de Datos.

Legislación para el control y la vigilancia en el uso de dispositivos electrónicos por la empresa que siguen nuestros Detectives Privados

Desarrollamos un gran número de servicios de investigación en ámbito privado o semiprivado actuando siempre con absoluta legitimidad, garantía, discreción, empatía con nuestro patrocinado y dentro de los parámetros que establece siempre la Ley.

Antes de establecer la nueva legislación existían contrastados vacíos legales en el ordenamiento del sector de Seguridad Privada. La regulación del año 1992, y las anteriores a ésta, hoy resultan insuficientes. Hechos como la pertenencia de España a la Unión Europea y los importantísimos cambios tecnológicos han sido factores determinantes para remodelar y ajustar la legislación de estas dos décadas pasadas. Así, la Ley 5/2014, de 4 abril de Seguridad Privada, representa un tratamiento sistemático y total en el conjunto de la seguridad privada desde la perspectiva del interés público para permitir las enormes posibilidades que nuestra labor representa.

En el artículo 5 se describen claramente las actividades que podemos abordar profesionalmente, especificando de forma clara y concisa nuestros requisitos: “Satisfacer las necesidades legítimas de seguridad o de información de los usuarios de seguridad privada, velando por la indemnidad o bienes cuya seguridad o investigación se les encomienda frente a posibles vulneraciones de derechos y amenazas deliberadas y riesgos accidentales”. 

También se recoge la obligación de colaboración hacia los afectados y la obligatoriedad de poseer la correspondiente Licencia Oficial emitida por el Ministerio de Interior, tal y como poseemos en Accésit Detectives, a través de la Nº 2202.

De igual forma, se regula que la búsqueda de pruebas que aporten veracidad de las mismas, así como la redacción de un informe objetivo y profesional sobre el que basar la reclamación, se ajustará a lo recogido en nuestra Constitución Española, en relación con la defensión sobre los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos investigados.

La protección de datos es otro aspecto de inevitable atención, pues cualquier investigación debe garantizar tal protección. Como Detectives Privados, únicamente podremos emplear la información obtenida para actividades relacionadas en la defensa y la Justicia de usted como nuestro cliente. Esto conlleva no faltar nunca al honor, a la intimidad personal y a la imagen de la/s persona/s objeto de investigación, según consta en el artículo 18 de la Constitución, sin violar su domicilio y prevaleciendo el respeto al investigado, sin incidir de forma directa en la esfera de la intimidad de los ciudadanos.

Por todo ello, si sospecha que sus empleados están realizando un uso indebido de los medios electrónicos que ha puesto a su disposición, contacte con nuestra Agencia de Detectives. Estudiaremos su caso de forma personalizada y le aportaremos una investigación para solucionar su caso con el máximo rigor, confidencialidad y compromiso profesional.

Si nececesita un investigador póngase en contacto con nosotros

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